Desde el punto de vista del derecho de las nuevas tecnologías, el teletrabajo aumenta exponencialmente los peligros de filtraciones involuntarias o ataques deliberados

La actual pandemia del COVID-19 nos ha lanzado de lleno a descubrir el teletrabajo. Una situación que hasta ahora era poco frecuente. Y no son pocas las empresas que empiezan a conocer las virtudes de este sistema de trabajo, pero desde el punto de vista del derecho de las nuevas tecnologías, el teletrabajo plantea ciertos retos y algunas sombras que debemos tener en cuenta.

No cabe duda de que el teletrabajo tiene grandes virtudes, como la facilidad para la conciliación de la vida laboral y familiar, la comodidad de evitar traslados, la flexibilidad del horario, el ahorro de costes, la reducción del absentismo laboral… Así como sombras si no se utiliza adecuadamente, como incremento de las horas de trabajo por no diferenciar el espacio laboral del familiar.

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Isaac F. Pérez - Derecho Tecnológico
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